por Un padre de familia a drstrange el Lun Mar 31, 2008 10:29 pm
Gracias por su repuesta.
Coincidimos en lo que es fundamental: El derecho a discrepar cuando se entiende que alguna ley lesiona los derechos de la persona,y el consiguiente recurso a la tutela judical.
Eso es lo principal,drstrange.
De los contenidos de la EpC le diré que los he estudiado con detalle,comparándolos con sus antecesoras,la "Educación Cívico-Social" de la EGB y la "Educación en Valores" vigente actualmente con carácter transversal.
Y no he encontrado la utilidad de la EpC frente a ellas,ya que no cubre ningún vacío.
Sí aparece en la EpC lo que NUNCA aparce e sus antecesoras,a saber,la EDUCACIÓN MORAL.
Y verá uted,drstrange: En ningún país de nuestra civilización tiene el Estado atribuciones en la educación moral.Sólo las tiene,y las ejerce,en los países musulmanes.
Por otro lado,no ignora usted que sólo en los totalitarismos nacionalsocialista,fascista y comunista hay antecedentes de "educación moral" de la juventud.
Comprenda usted que,con tales antecedentes, no sea bien mirado un nuevo intento de "educación moral" por el Estado.
De todos modos,me alegro de coincidir con usted en lo fundamental:
Que,discrepando en las ideas,coincidimos los dos en el modo de defenderlas.
Buenas noches.